EMD Endoszkóp Műszer Gyártó és Kereskedelmi Kft., en adelante denominada la Empresa, al publicar este aviso de privacidad, cumple con su obligación de proporcionar información previa a los interesados sobre el procesamiento de datos personales según lo requerido por el REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 18 de diciembre de 2016, según el cual toda la información bajo los artículos pertinentes del Reglamento debe ser proporcionada a los interesados de manera concisa, transparente, inteligible y de fácil acceso, en un lenguaje claro y sencillo.
I. NOMBRE DEL CONTROLADOR
La Empresa informará al interesado que es un controlador para el procesamiento de sus datos personales.
NOMBRE DE LA EMPRESA: EMD Endoszkóp Műszer Gyártó és Kereskedelmi Kft.
NOMBRE COMERCIAL: EMD Kft.
UBICACIÓN: 4031 Debrecen, Bartók Béla utca 113/B
NÚMERO DE REGISTRO DE LA EMPRESA: 09-09-005538
NÚMERO DE IVA DE LA UE: HU11557379
NÚMERO DE IMPUESTO: 11557379-2-09
TELÉFONO: 06 52 486 034
DIRECTORES: Mihály Gyula Ujvári Director General; Anikó Ujváriné Németh Directora General
EMAIL: info@emd.hu
SITIO WEB: www.emd.hu
Los datos personales pueden ser accedidos por los empleados de la Empresa con derechos de acceso relacionados con el propósito de gestión de datos pertinente, o por personas u organizaciones que realicen actividades de procesamiento de datos para la Empresa en base a contratos de servicios, en la medida y en la extensión necesarias para el desempeño de sus actividades, según lo determinado por la Empresa.
II. IDENTIFICACIÓN DEL (LOS) PROCESADOR(ES) DE DATOS
(1) La Empresa utilizará un procesador de datos externo para el alojamiento de su sitio web con fines de procesamiento de datos personales procesados por la Empresa en base a su consentimiento voluntario.
NOMBRE DE LA EMPRESA: LinuxWeb Informatikai Kft.
UBICACIÓN: 4034 Debrecen, Sólyom u. 28.
NÚMERO DE REGISTRO DE LA EMPRESA: 09-09-014362
NÚMERO DE IMPUESTO: 14167544-1-09
TELÉFONO: +36 20 421 48 94
DESCRIPCIÓN:
EMAIL: office@linuxweb.hu
SITIO WEB: linuxweb.hu
ACTIVIDAD: Procesamiento de datos, servicio de alojamiento web
III. DEFINICIONES
(1) «datos personales» significa cualquier información relacionada con una persona física identificada o identificable («sujeto de datos»); una persona física identificable es aquella que puede ser identificada, directa o indirectamente, en particular mediante un identificador como un nombre, número, datos de ubicación, un identificador en línea o uno o más factores específicos de la identidad física, fisiológica, genética, mental, económica, cultural o social de esa persona física;
(2) ‘procesamiento’ significa cualquier operación o conjunto de operaciones que se realiza sobre datos personales o sobre conjuntos de datos personales, ya sea por medios automatizados o no, como la recolección, registro, organización, estructuración, almacenamiento, adaptación o alteración, recuperación, consulta, uso, divulgación por transmisión, difusión o de cualquier otra forma de puesta a disposición, alineación o combinación, restricción, borrado o destrucción;
«restricción de procesamiento» significa la marcación de datos personales almacenados con el propósito de restringir su procesamiento futuro;
(4) ‘perfilado’ significa cualquier forma de procesamiento automatizado de datos personales por la cual los datos personales son utilizados para evaluar aspectos personales relacionados con una persona física, en particular para analizar o predecir ciertos aspectos personales de esa persona física, en particular su rendimiento en el trabajo, situación económica, estado de salud, preferencias personales, intereses, confiabilidad, comportamiento, ubicación o movimientos;
(5) ‘seudonimización’ significa el procesamiento de datos personales de tal manera que ya no sea posible identificar a la persona física a la que los datos personales se refieren sin información adicional, siempre que dicha información adicional se mantenga separada y se tomen medidas técnicas y organizativas para garantizar que ninguna persona física que se identifique o sea identificable pueda vincularse con esos datos personales;
(6) ‘sistema de archivo’ significa un conjunto de datos personales, estructurados de cualquier manera, ya sea centralizados, descentralizados o estructurados según criterios funcionales o geográficos, que son accesibles en base a criterios específicos;
(7) ‘controlador’ significa la persona física o jurídica, autoridad pública, agencia u otro organismo que, solo o conjuntamente con otros, determine los fines y medios del procesamiento de datos personales; cuando los fines y medios del procesamiento sean determinados por la legislación de la Unión o de un Estado miembro, el controlador o los criterios específicos para la designación del controlador también pueden ser determinados por la legislación de la Unión o de un Estado miembro;
(8) ‘procesador’ significa una persona física o jurídica, autoridad pública, agencia u otro organismo que procese datos personales en nombre del controlador;
(9) ‘destinatario’ significa una persona física o jurídica, autoridad pública, agencia u otro organismo a quien o con el cual se divulgan datos personales, ya sea que se trate de un tercero o no. Las autoridades públicas que pueden acceder a datos personales en el contexto de una investigación individual de acuerdo con la legislación de la Unión o de un Estado miembro no son destinatarios; el procesamiento de esos datos por esas autoridades públicas debe cumplir con las normas de protección de datos aplicables de acuerdo con los fines del procesamiento;
(10) ‘tercero’ significa una persona física o jurídica, autoridad pública, agencia u otro organismo que no sea el sujeto de datos, el controlador, el procesador o las personas que, bajo la autoridad directa del controlador o procesador, estén autorizadas para procesar datos personales;
(11) ‘consentimiento del sujeto de datos’ significa una indicación libre, específica, informada e inequívoca de los deseos del sujeto de datos mediante la cual él o ella manifiesta, mediante una declaración o mediante un acto que exprese claramente su consentimiento, que él o ella manifiesta su acuerdo con el procesamiento de datos personales que le conciernen;
(12) ‘violación de datos personales’ significa una violación de la seguridad que conduce a la destrucción, pérdida, alteración, divulgación no autorizada de o acceso a datos personales transmitidos, almacenados o de otra manera procesados;
(13) ‘empresa’ significa cualquier persona física o jurídica, independientemente de su forma jurídica, que participe en una actividad económica, incluidas las sociedades o asociaciones que participen en una actividad económica regular.
IV. BASE JURÍDICA PARA EL PROCESAMIENTO
- Consentimiento del sujeto de datos
(1) La licitud del procesamiento de datos personales debe basarse en el consentimiento del sujeto de datos o en alguna otra base lícita establecida por ley.
(2) Cuando el procesamiento se base en el consentimiento del sujeto de datos, este puede dar su consentimiento para el procesamiento de sus datos personales en la siguiente forma:
(a) por escrito, en forma de una declaración de consentimiento para el procesamiento de datos personales,
(b) electrónicamente, mediante una conducta explícita en el sitio web de la Empresa, marcando una casilla, o haciendo configuraciones técnicas al utilizar servicios de la sociedad de la información, así como mediante cualquier otra declaración o acto que, en el contexto pertinente, indique claramente el consentimiento del sujeto de datos para el procesamiento previsto de sus datos personales.
(3) Por lo tanto, el silencio, marcar una casilla o la inacción no constituirán consentimiento. (4) El consentimiento abarca todas las actividades de procesamiento para el mismo propósito o propósitos.
(5) Cuando el procesamiento se realice para más de un propósito al mismo tiempo, debe darse el consentimiento para todos los propósitos del procesamiento. Cuando el sujeto de datos da su consentimiento tras una solicitud electrónica, la solicitud debe ser clara y concisa y no debe obstaculizar innecesariamente el uso del servicio para el cual se busca el consentimiento.
(6) El sujeto de datos tiene derecho a retirar su consentimiento en cualquier momento. La retirada del consentimiento no afectará la licitud del procesamiento basado en el consentimiento antes de su retirada. El sujeto de datos será informado antes de dar su consentimiento. La retirada del consentimiento será posible de la misma manera simple en que se dio el consentimiento.
- Ejercicio del contrato
(1) Se considerará lícito el procesamiento cuando sea necesario para el ejercicio de un contrato en el que el sujeto de datos sea parte o cuando sea necesario para tomar medidas a solicitud del sujeto de datos antes de celebrar el contrato.
(2) El consentimiento del sujeto de datos para el procesamiento de datos personales que no sean necesarios para el ejercicio del contrato no será una condición para la celebración del contrato.
V. DERECHOS DEL SUJETO DE DATOS CON RESPECTO AL PROCESAMIENTO DE SUS DATOS
1. El sujeto de datos tiene el derecho:
(a) a ser informado antes de que comience el procesamiento,
(b) a recibir retroalimentación del controlador sobre si sus datos personales están siendo procesados y, si dicho procesamiento está en curso, a tener acceso a los datos personales y a la siguiente información,
(c) a solicitar la rectificación o eliminación de sus datos y a ser informado por el controlador de que dicha rectificación o eliminación ha tenido lugar,
(d) a solicitar la restricción del procesamiento y a ser informado por el controlador de que el procesamiento ha sido restringido,
(e) a obtener la portabilidad de los datos,
(f) a oponerse, cuando los datos personales se procesen por motivos de interés público o sobre la base de un interés legítimo perseguido por el controlador.
(g) a estar exento de la toma de decisiones automatizadas, incluida la elaboración de perfiles,
(h) a presentar una queja ante una autoridad de supervisión. El sujeto de datos puede ejercer su derecho a presentar una queja contactando los siguientes datos de contacto: Autoridad Nacional para la Protección de Datos y la Libertad de Información,
Dirección: 1125 Budapest, Szilágyi Erzsébet fasor 22/c.,
Teléfono: +36 (1) 391-1400;
Fax: +36(1)391-1410.,
www:http://www.naih.hu
correo electrónico: ugyfelszolgalat@naih.hu.
(i) recurso judicial efectivo contra la autoridad de supervisión,
(j) recursos judiciales efectivos contra el controlador o procesador
(k) a ser informado de una violación de datos personales.
2. Información detallada sobre los derechos de los sujetos de datos
Derecho a la información
(1) El sujeto de datos tiene derecho a ser informado de la información relacionada con el procesamiento de sus datos antes de que comience el procesamiento de los datos.
(2) Información que debe proporcionarse cuando se recopilan datos personales del sujeto de datos:
(a) la identidad y los datos de contacto del controlador y, en su caso, del representante del controlador;
(b) los datos de contacto del responsable de protección de datos, en su caso;
(c) los fines para los que están destinados los datos personales y la base jurídica para el procesamiento;
(d) en el caso de procesamiento basado en el Artículo 6(1)(f) del Reglamento, los intereses legítimos del controlador o de un tercero;
(e) cuando proceda, los destinatarios o categorías de destinatarios de los datos personales, en su caso;
(f) cuando proceda, el hecho de que el controlador tiene la intención de transferir los datos personales a un tercer país o a una organización internacional y la existencia o ausencia de una decisión de adecuación por parte de la Comisión o, en el caso de una transferencia mencionada en el Artículo 46, Artículo 47 o el segundo párrafo del Artículo 49(1) del Reglamento, una indicación de las garantías adecuadas y apropiadas y una referencia a los medios para obtener una copia o la disponibilidad de una copia.
(3) Además de la información mencionada en el párrafo 1, el controlador debe, en el momento de obtener los datos personales, para garantizar un procesamiento justo y transparente, proporcionar al sujeto de datos la siguiente información adicional:
(a) la duración del almacenamiento de los datos personales o, cuando esto no sea posible, los criterios para determinar esa duración;
(b) el derecho del sujeto de datos a obtener del controlador acceso a, rectificación, eliminación o restricción del procesamiento de datos personales relacionados con él o ella y a oponerse al procesamiento de dichos datos personales, y el derecho del sujeto de datos a la portabilidad de los datos;
(c) en el caso de procesamiento basado en el Artículo 6(1)(a) o el Artículo 9(2)(a) del Reglamento, el derecho a retirar el consentimiento en cualquier momento sin perjuicio de la licitud del procesamiento llevado a cabo en base al consentimiento antes de su retirada;
(d) el derecho a presentar una queja ante una autoridad de supervisión;
(e) si el suministro de los datos personales se basa en una obligación legal o contractual o es un requisito previo para la celebración de un contrato, y si el sujeto de datos está obligado a proporcionar los datos personales y las posibles consecuencias de no proporcionar los datos;
(f) el hecho de la toma de decisiones automatizada, incluida la elaboración de perfiles, mencionada en el Artículo 22(1) y (4) del Reglamento, y, al menos en estos casos, información clara sobre la lógica utilizada y la importancia de dicho procesamiento y sus consecuencias probables para el sujeto de datos.
(4) Cuando los datos personales no se hayan obtenido del sujeto de datos, el controlador debe proporcionar al sujeto de datos la siguiente información:
(a) la identidad y los datos de contacto del controlador y, en su caso, del representante del controlador;
(b) los datos de contacto del responsable de protección de datos, en su caso;
(c) los fines para los que están destinados los datos personales y la base jurídica para el procesamiento;
(d) las categorías de datos personales en cuestión;
(e) los destinatarios o categorías de destinatarios de los datos personales, en su caso;
(f) cuando proceda, el hecho de que el controlador tiene la intención de transferir los datos personales a un destinatario en un tercer país o a una organización internacional y la existencia o ausencia de una decisión de adecuación por parte de la Comisión o, en el caso de una transferencia mencionada en el Artículo 46, Artículo 47 o el segundo párrafo del Artículo 49(1) del Reglamento, una indicación de las garantías adecuadas y apropiadas y una referencia a los medios para obtener una copia o la disponibilidad de una copia.
(5) Además de la información mencionada en el párrafo 1, el controlador debe proporcionar al sujeto de datos la siguiente información adicional necesaria para garantizar un procesamiento justo y transparente para el sujeto de datos:
(a) la duración del almacenamiento de los datos personales o, cuando esto no sea posible, los criterios para determinar esa duración;
(b) cuando el procesamiento se base en el Artículo 6(1)(f) del Reglamento, los intereses legítimos del controlador o de un tercero;
(c) el derecho del sujeto de datos a obtener del controlador acceso a, rectificación, eliminación o restricción del procesamiento de datos personales relacionados con él o ella y a oponerse al procesamiento de datos personales, así como el derecho del sujeto de datos a la portabilidad de los datos;
(d) en el caso de procesamiento basado en el Artículo 6(1)(a) o el Artículo 9(2)(a) del Reglamento, el derecho a retirar el consentimiento en cualquier momento sin perjuicio de la licitud del procesamiento llevado a cabo en base al consentimiento antes de su retirada;
(e) el derecho a presentar una queja ante una autoridad de supervisión;
(f) la fuente de los datos personales y, cuando proceda, si los datos provienen de fuentes accesibles al público; y
(g) el hecho del procesamiento automatizado, incluida la elaboración de perfiles, mencionado en el Artículo 22(1) y (4) del Reglamento y, al menos en esos casos, la lógica utilizada y información clara sobre la importancia de dicho procesamiento y sus consecuencias probables para el sujeto de datos.
(6) Si el controlador tiene la intención de procesar más datos personales para un propósito diferente al que fueron obtenidos, el controlador informará al sujeto de datos sobre ese otro propósito y sobre cualquier información adicional pertinente mencionada en el párrafo 2 antes de continuar con el procesamiento.
(7) Los párrafos 1 a 3 no se aplicarán si y en la medida en que:
(a) el sujeto de datos ya tenga la información;
(b) la provisión de la información en cuestión resulte imposible o implique un esfuerzo desproporcionado, en particular en el contexto del procesamiento para fines de archivo en interés público, fines de investigación científica o histórica o fines estadísticos, sujeto a las condiciones y garantías mencionadas en el Artículo 89(1) del Reglamento, o en la medida en que la obligación mencionada en el párrafo 1 de este Artículo pueda hacer imposible o perjudicar gravemente el logro de los objetivos de ese procesamiento. En tales casos, el controlador tomará medidas adecuadas para proteger los derechos, libertades e intereses legítimos del sujeto de datos, incluida la puesta a disposición del público de la información;
(c) la obtención o la divulgación estén expresamente permitidas por la legislación de la Unión o de un Estado miembro a la que esté sujeto el controlador y que proporcione medidas adecuadas para proteger los intereses legítimos del sujeto de datos; o
(d) cuando los datos personales deban seguir siendo confidenciales en virtud de una obligación de secreto profesional regulada por la legislación de la Unión o de un Estado miembro, incluidos los deberes legales de secreto profesional.
VI. DERECHOS Y REMEDIOS DEL SUJETO DE DATOS
- Derecho de acceso del sujeto de datos
(1) El sujeto de datos tiene derecho a recibir del controlador la confirmación de si los datos personales que le conciernen están siendo procesados y, en caso afirmativo, a tener acceso a los datos personales y a la siguiente información:
(a) los fines del procesamiento;
(b) las categorías de datos personales en cuestión;
(c) los destinatarios o categorías de destinatarios a los que los datos personales se han divulgado o se divulgarán, en particular los destinatarios en terceros países u organizaciones internacionales;
(d) cuando sea posible, la duración prevista para el almacenamiento de los datos personales o, cuando no sea posible, los criterios utilizados para determinar esa duración;
(e) el derecho del sujeto de datos a solicitar al controlador la rectificación o eliminación de datos personales o la restricción del procesamiento de datos personales relacionados con el sujeto de datos, o a oponerse a dicho procesamiento;
(f) el derecho a presentar una queja ante una autoridad de supervisión;
(g) cuando los datos personales no se hayan obtenido del sujeto de datos, cualquier información disponible sobre su origen;
(h) la existencia de decisiones automatizadas, incluida la elaboración de perfiles, mencionada en el Artículo 22(1) y (4) del Reglamento y, al menos en esos casos, información significativa sobre la lógica involucrada, así como la importancia y las consecuencias probables de dicho procesamiento para el sujeto de datos.
(2) Cuando los datos personales se transfieran a un tercer país o a una organización internacional, el sujeto de datos tendrá derecho a ser informado de las garantías adecuadas conforme al Artículo 46 del Reglamento relacionadas con la transferencia.
(3) El controlador proporcionará una copia de los datos personales que estén siendo procesados. El controlador puede cobrar una tarifa razonable basada en los costos administrativos por cualquier copia adicional solicitada por el sujeto de datos. Si el sujeto de datos presenta la solicitud por medios electrónicos y no solicita lo contrario, la información se proporcionará en un formato electrónico de uso común.
(4) El derecho a obtener una copia mencionada en el párrafo 3 no debe afectar negativamente los derechos y libertades de otros.
- Derecho de rectificación
El sujeto de datos tiene derecho a obtener del controlador sin demora indebida la rectificación de datos personales inexactos que le conciernen. Teniendo en cuenta los fines del procesamiento, el sujeto de datos tendrá derecho a que se completen los datos personales incompletos, incluso mediante la presentación de una declaración complementaria.
VII. DERECHO AL OLVIDO
1. Eliminación
(1) El sujeto de datos tiene derecho a obtener del controlador la eliminación de los datos personales que le conciernen sin demora indebida y el controlador tiene la obligación de eliminar los datos personales sin demora indebida cuando ocurra uno de los siguientes motivos:
(a) los datos personales ya no son necesarios en relación con los fines para los que fueron recopilados o de otro modo procesados;
(b) el sujeto de datos retira el consentimiento en el que se basa el procesamiento conforme al Artículo 6(1)(a) o el Artículo 9(2)(a) del Reglamento y cuando no exista otra base legal para el procesamiento;
(c) el sujeto de datos se opone al procesamiento conforme al Artículo 21(1) del Reglamento y no existen razones legítimas imperiosas para el procesamiento, o el sujeto de datos se opone al procesamiento conforme al Artículo 21(2);
(d) los datos personales han sido procesados ilegalmente;
(e) los datos personales deben eliminarse para el cumplimiento de una obligación legal en virtud de la legislación de la Unión o del Estado miembro a la que esté sujeto el controlador;
(f) los datos personales se han recopilado en relación con la oferta de servicios de la sociedad de la información mencionados en el Artículo 8(1) del Reglamento.
(2) Cuando el controlador haya hecho públicos los datos personales y esté obligado, conforme al párrafo 1, a eliminar los datos personales, el controlador, teniendo en cuenta la tecnología disponible y el costo de implementación, tomará medidas razonables, incluidas medidas técnicas, para informar a los controladores que están procesando los datos personales de la solicitud del sujeto de datos de eliminar cualquier enlace a, o copia o réplica de, esos datos personales.
(3) Los párrafos 1 y 2 no se aplicarán en la medida en que el procesamiento sea necesario:
(a) para el ejercicio del derecho a la libertad de expresión e información;
(b) para el cumplimiento de una obligación legal que requiera el procesamiento por la legislación de la Unión o del Estado miembro a la que esté sujeto el controlador o para el cumplimiento de una tarea realizada en interés público o en el ejercicio de una autoridad oficial conferida al controlador;
(c) por razones de interés público en el área de la salud pública de acuerdo con el Artículo 9(2)(h) e (i) y el Artículo 9(3) del Reglamento;
(d) para fines de archivo en interés público, fines de investigación científica o histórica o fines estadísticos de acuerdo con el Artículo 89(1) del Reglamento en la medida en que el derecho mencionado en el párrafo 1 pueda hacer imposible o perjudicar gravemente el logro de los objetivos de ese procesamiento; o
(e) para el establecimiento, ejercicio o defensa de reclamaciones legales.
- Derecho a la restricción del procesamiento
(1) El sujeto de datos tiene derecho a obtener del controlador la restricción del procesamiento cuando ocurra uno de los siguientes casos:
(a) el sujeto de datos impugne la exactitud de los datos personales, durante un período que permita al controlador verificar la exactitud de los datos personales;
(b) el procesamiento sea ilegal y el sujeto de datos se oponga a la eliminación de los datos personales y solicite en su lugar la restricción de su uso;
(c) el controlador ya no necesite los datos personales para los fines del procesamiento, pero sean requeridos por el sujeto de datos para el establecimiento, ejercicio o defensa de reclamaciones legales;
(d) el sujeto de datos se haya opuesto al procesamiento conforme al Artículo 21(1) del Reglamento, mientras se verifica si los motivos legítimos del controlador prevalecen sobre los del sujeto de datos.
(2) Cuando el procesamiento haya sido restringido conforme al párrafo 1, dichos datos personales, con excepción del almacenamiento, solo se procesarán con el consentimiento del sujeto de datos o para el establecimiento, ejercicio o defensa de reclamaciones legales o para la protección de los derechos de otra persona física o jurídica o por razones de un interés público importante de la Unión o de un Estado miembro.
(3) Un sujeto de datos que haya obtenido la restricción del procesamiento conforme al párrafo 1 será informado por el controlador antes de que se levante la restricción del procesamiento.
- Obligación de notificación con respecto a la rectificación o eliminación de datos personales o la restricción del procesamiento
El controlador notificará a cada destinatario a quien se hayan divulgado los datos personales sobre cualquier rectificación o eliminación de datos personales o restricción del procesamiento conforme al Artículo 16, Artículo 17(1) y Artículo 18, a menos que esto resulte imposible o implique un esfuerzo desproporcionado. El controlador informará al sujeto de datos sobre esos destinatarios si el sujeto de datos lo solicita.
- Derecho a la portabilidad de los datos
(1) El sujeto de datos tiene derecho a recibir los datos personales que le conciernen, que haya proporcionado a un controlador, en un formato estructurado, de uso común y legible por máquina, y tiene derecho a transmitir esos datos a otro controlador sin impedimento del controlador al que se le hayan proporcionado los datos personales, cuando:
(a) el procesamiento se base en el consentimiento conforme al Artículo 6(1)(a) o el Artículo 9(2)(a) del Reglamento, o en un contrato conforme al Artículo 6(1)(b); y
(b) el procesamiento se realice por medios automatizados.
(2) Al ejercer su derecho a la portabilidad de los datos conforme al párrafo 1, el sujeto de datos tendrá derecho a que los datos personales se transmitan directamente de un controlador a otro, cuando sea técnicamente factible.
(3) El ejercicio del derecho mencionado en el párrafo 1 de este Artículo se entenderá sin perjuicio del Artículo 17 del Reglamento. Ese derecho no se aplicará al procesamiento necesario para el cumplimiento de una tarea realizada en interés público o en el ejercicio de una autoridad oficial conferida al controlador.
(4) El derecho mencionado en el párrafo 1 no debe afectar negativamente los derechos y libertades de otros.
- Derecho a objetar
(1) El sujeto de datos tiene derecho a objetar en cualquier momento, por motivos relacionados con su situación particular, al procesamiento de datos personales que le conciernen conforme al Artículo 6(1)(e) o (f) del Reglamento, incluida la elaboración de perfiles basada en esas disposiciones. El controlador dejará de procesar los datos personales a menos que el controlador demuestre motivos legítimos imperiosos para el procesamiento que prevalezcan sobre los intereses, derechos y libertades del sujeto de datos, o para el establecimiento, ejercicio o defensa de reclamaciones legales.
(2) Cuando los datos personales se procesen con fines de marketing directo, el sujeto de datos tendrá derecho a objetar en cualquier momento al procesamiento de datos personales que le conciernen para dicho marketing, incluida la elaboración de perfiles en la medida en que esté relacionado con dicho marketing directo.
(3) Cuando el sujeto de datos objete al procesamiento con fines de marketing directo, los datos personales ya no se procesarán para tales fines.
(4) A más tardar en el momento de la primera comunicación con el sujeto de datos, se le informará explícitamente del derecho mencionado en los párrafos 1 y 2, y esa información se presentará claramente y separadamente de cualquier otra información.
(5) En el contexto del uso de servicios de la sociedad de la información, y a pesar de la Directiva 2002/58/CE, el sujeto de datos puede ejercer su derecho a objetar por medios automatizados utilizando especificaciones técnicas.
(6) Cuando los datos personales se procesen con fines de investigación científica o histórica o fines estadísticos conforme al Artículo 89(1) del Reglamento, el sujeto de datos, por motivos relacionados con su situación particular, tendrá derecho a objetar al procesamiento de datos personales que le conciernen, a menos que el procesamiento sea necesario para el cumplimiento de una tarea realizada por razones de interés público.
- Derecho a no ser objeto de una decisión basada únicamente en el procesamiento automatizado, incluida la elaboración de perfiles
(1) El sujeto de datos tendrá derecho a no ser objeto de una decisión basada únicamente en el procesamiento automatizado, incluida la elaboración de perfiles, que produzca efectos jurídicos que le conciernan o que le afecten significativamente de manera similar.
(2) El párrafo 1 no se aplicará si la decisión:
(a) es necesaria para la celebración o ejecución de un contrato entre el sujeto de datos y un controlador de datos;
(b) está autorizada por la legislación de la Unión o del Estado miembro a la que esté sujeto el controlador y que también establece medidas adecuadas para salvaguardar los derechos y libertades y los intereses legítimos del sujeto de datos; o
(c) se basa en el consentimiento explícito del sujeto de datos.
(3) En los casos mencionados en los párrafos (2)(a) y (c), el controlador de datos implementará medidas adecuadas para salvaguardar los derechos y libertades y los intereses legítimos del sujeto de datos, al menos el derecho a obtener la intervención humana por parte del controlador de datos, a expresar su punto de vista y a impugnar la decisión.
- Derecho a presentar una queja ante una autoridad de supervisión
(1) Sin perjuicio de cualquier otro recurso administrativo o judicial, el sujeto de datos tendrá derecho a presentar una queja ante una autoridad de supervisión, en particular en el Estado miembro de su residencia habitual, lugar de trabajo o lugar de la supuesta infracción, si el sujeto de datos considera que el procesamiento de datos personales que le conciernen infringe este Reglamento.
(2) La autoridad de supervisión a la que se haya presentado la queja informará al reclamante sobre el progreso y el resultado de la queja, incluida la posibilidad de un recurso judicial conforme al Artículo 78 del Reglamento.
- Derecho a un recurso judicial efectivo contra una autoridad de supervisión
(1) Sin perjuicio de cualquier otro recurso administrativo o judicial, toda persona física o jurídica tendrá derecho a un recurso judicial efectivo contra una decisión legalmente vinculante de una autoridad de supervisión que le concierna.
(2) Sin perjuicio de cualquier otro recurso administrativo o judicial, el sujeto de datos tendrá derecho a un recurso judicial efectivo cuando la autoridad de supervisión competente conforme a los Artículos 55 y 56 del Reglamento no trate una queja o no informe al sujeto de datos dentro de los tres meses sobre el progreso o el resultado de la queja presentada conforme al Artículo 77 del Reglamento.
(3) Los procedimientos contra una autoridad de supervisión se llevarán a cabo ante los tribunales del Estado miembro en el que esté establecida la autoridad de supervisión.
(4) Cuando se inicien procedimientos contra una decisión de una autoridad de supervisión que se haya adoptado tras un proceso conjunto de conformidad con el Artículo 60 del Reglamento, la autoridad de supervisión transmitirá la decisión a la autoridad de supervisión principal de la autoridad de supervisión demandada, la cual notificará a las partes interesadas en el procedimiento.
VIII. TRANSFERENCIA DE DATOS PERSONALES
El procesamiento de datos personales implica necesariamente la transferencia de datos dentro del Espacio Económico Europeo (EEE) o fuera del EEE a países de terceros. En todos los casos, cualquier transferencia de datos personales estará sujeta a las salvaguardias adecuadas, como se requiere en virtud de las leyes de protección de datos aplicables.
IX. PERÍODO DE CONSERVACIÓN DE LOS DATOS
Los datos personales serán conservados por la Empresa solo mientras sea necesario para cumplir con los fines para los cuales fueron recopilados, en cumplimiento con las leyes aplicables. Una vez que ya no sean necesarios para dichos fines, serán eliminados o anonimizados.
X. SEGURIDAD DE LOS DATOS
La Empresa implementa medidas técnicas y organizativas adecuadas para proteger los datos personales contra la destrucción, pérdida, alteración, divulgación no autorizada o acceso a los datos personales transmitidos, almacenados o de otra manera procesados.
XI. CAMBIOS A ESTA POLÍTICA DE PRIVACIDAD
La Empresa puede actualizar esta Política de Privacidad de vez en cuando. Cualquier cambio se publicará en esta página y, cuando sea apropiado, se notificará a los interesados por otros medios.
XII. CONTACTO
Para cualquier pregunta sobre esta Política de Privacidad o sobre el procesamiento de sus datos personales, puede ponerse en contacto con nosotros a través de la información de contacto proporcionada en la sección I de esta política.